Cuando buscas una casa, te fijas en los metros cuadrados, la orientación, el barrio. Pocas veces te preguntas si la parcela está dentro de una franja de dominio público, si hay una zona de servidumbre que limita lo que puedes hacer en ella, o si la línea de costa oficial pasa por debajo de ese chalé con vistas al mar.

Y sin embargo, estas franjas existen, están cartografiadas, tienen respaldo legal y tienen consecuencias reales: desde la imposibilidad de construir hasta la reversión al Estado de parte de lo que crees que compraste.

En Hogarfax cruzamos la geometría real de cada parcela con todas estas capas. A continuación te explicamos qué son exactamente.

Parte I: Dominio Público Hidráulico (DPH) — el espacio del río

Qué es el DPH
El Dominio Público Hidráulico es el conjunto de bienes que pertenecen al Estado por ser parte del sistema hídrico del país: las aguas continentales —ríos, arroyos, cauces intermitentes, lagos, embalses, acuíferos— y el terreno que ocupan. Constituyen el dominio público hidráulico los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas, los lechos de lagos y lagunas, y los embalses superficiales en cauces públicos.

Dicho de otro modo: el cauce de un río no es de nadie privado. Es público. Y tiene unas franjas de protección a su alrededor que afectan a las parcelas colindantes, aunque estas sí sean privadas.

Las tres franjas del DPH que necesitas conocer

Partiendo del borde del cauce hacia tierra adentro, la legislación establece tres zonas concéntricas con reglas distintas:

1. El cauce (DPH propiamente dicho)
El álveo o cauce natural es el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias. Este suelo es dominio público puro: no se puede edificar, no se puede privatizar y cualquier uso requiere concesión administrativa.

2. La zona de servidumbre — los primeros 5 metros
A una zona de servidumbre de cinco metros de anchura para uso público, con fines de paso para el personal de vigilancia del cauce. Es tierra privada en papel, pero con usos muy restringidos. Su objetivo es proteger el ecosistema y el DPH, servir de zona de paso y circulación de vehículos de emergencia y de amarre ocasional de embarcaciones. No se puede edificar en ella salvo autorización extraordinaria.

3. La zona de policía — los siguientes 100 metros
La zona de policía es una franja lateral de cien metros de anchura a cada lado, contados a partir de la línea que delimita el cauce, en la que se condiciona el uso del suelo y las actividades que en él se desarrollen. Aquí sí se puede edificar en muchos casos, pero con autorización previa de la Confederación Hidrográfica. Cualquier obra, movimiento de tierras, plantación de árboles o actividad que pueda afectar al flujo del agua requiere permiso. Muchos propietarios lo desconocen hasta que presentan un proyecto y se lo deniegan.

Resumido: cauce = suelo público. Servidumbre (5 m) = tuyo, pero casi no puedes hacer nada. Zona de policía (100 m) = tuyo, pero necesitas permiso para casi todo.

Cómo resolvemos el DPH en Hogarfax

Cruzamos la geometría catastral de la parcela con la cartografía oficial del DPH del MITECO y los organismos de cuenca. Calculamos si la parcela está dentro del cauce, dentro de la servidumbre o dentro de la zona de policía, y a qué distancia real está el borde del DPH. No es una estimación visual — es un cruce geométrico preciso que identifica afectación incluso parcial.

¿Tu parcela toca el río? Compruébalo en segundos

Cruzamos la geometría catastral de la parcela con la cartografía oficial del DPH del MITECO. Sabrás si estás en el cauce, en la servidumbre de 5 m o en la zona de policía de 100 m, y a qué distancia exacta.

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Parte II: Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) — el espacio de la costa

Qué es el DPMT
En la costa funciona de forma similar, pero con su propia ley: la Ley de Costas 22/1988 y su reforma en 2013. El objetivo del DPMT es determinar qué terrenos pertenecen al dominio público costero, garantizar su uso público, regular la utilización racional de los bienes y conseguir un adecuado nivel de calidad de las aguas y de la ribera del mar.

El DPMT incluye la zona marítimo-terrestre —el espacio entre la bajamar y el límite que alcanzan las olas en los mayores temporales conocidos—, las playas, las dunas, los acantilados, las marismas, las albuferas. Estas áreas, por definición, son públicas y pertenecen al Estado.

La frontera exacta entre el DPMT y la propiedad privada se establece mediante el deslinde, un procedimiento administrativo que produce la línea de deslinde: la línea oficial que separa lo público de lo privado en el litoral. Se ha conseguido representar en formato digital la línea de deslinde correspondiente a los más de 10.000 km de litoral español, con el objetivo de que ningún ciudadano pueda adquirir una vivienda en la costa y descubrir después que no le pertenece porque es DPMT.

Las tres franjas del DPMT que necesitas conocer

Al igual que en el DPH, a partir de la línea de deslinde se generan franjas de protección hacia tierra adentro con reglas distintas:

1. Servidumbre de tránsito — los primeros 6 metros
Inmediatamente pegada al DPMT, esta franja garantiza el paso público libre a lo largo de toda la costa. En las zonas de servidumbre de tránsito no se podrán construir nuevas edificaciones. Las existentes se podrán mantener, quedando fuera de ordenación, pudiendo realizarse obras de reparación y mejora, siempre que no impliquen aumento de volumen, altura ni superficie. Es la franja del paseo marítimo que debe existir en toda la costa española.

2. Servidumbre de protección — 100 metros (o 20 en suelo urbano anterior a 1988)
Esta es la franja más relevante para la compra de vivienda. La zona de servidumbre de protección es aquella franja de terrenos de propiedad privada colindante con el DPMT, sujeta a determinadas limitaciones que contiene la Ley de Costas con el fin de proteger el dominio público. En suelo no urbanizable, esta franja mide 100 metros. En suelo urbano consolidado antes de 1988, puede reducirse a 20 metros. Dentro de ella: prohibido construir nuevas edificaciones residenciales, prohibido talar vegetación sin autorización, prohibido cerrar el paso público. Un chalé que esté dentro de esta franja puede estar en situación irregular sin que el comprador lo sepa.

3. Zona de influencia — hasta 500 metros
La Ley de Costas define una zona de influencia que abarca como mínimo 500 metros a partir del límite interior de la ribera del mar. Aquí la propiedad privada no está directamente restringida en los mismos términos, pero la planificación urbanística no puede ignorar esta zona: se controla la densidad de edificación y se prohíben pantallas arquitectónicas que desvirtúen el entorno.

Resumido: DPMT = suelo público, no comprable. Servidumbre de tránsito (6 m) = paso libre garantizado, no edificable. Servidumbre de protección (100 m) = privado pero con fuertes limitaciones de uso. Zona de influencia (500 m) = privado, con condicionantes urbanísticos.

Cómo resolvemos el DPMT en Hogarfax

Para toda España, calculamos la franja entre la línea de costa y la línea de deslinde del DPMT oficial publicada por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. A partir de ahí, generamos geométricamente la servidumbre de tránsito (6 m) y la servidumbre de protección (100 m), y las cruzamos con la geometría exacta de la parcela catastral.

El resultado: sabes si tu parcela está dentro del DPMT —es decir, si parte de lo que crees que compras es en realidad suelo público—, si está en la servidumbre de tránsito, en la de protección, o simplemente en zona de influencia. Y a cuántos metros exactos de la línea de deslinde se encuentra el borde más cercano de la parcela.

¿La casa está en la costa? Comprueba si le afecta el DPMT antes de firmar

Generamos geométricamente la servidumbre de tránsito (6 m) y la de protección (100 m) sobre la línea de deslinde oficial y las cruzamos con tu parcela catastral. Sabrás exactamente en qué situación está.

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Lo que nadie te dice cuando compras cerca del agua

Estas franjas existen en el papel desde hace décadas. Pero en la práctica, miles de propiedades se han vendido sin que el comprador supiera que estaba adquiriendo suelo con limitaciones severas, o directamente suelo que pertenece al Estado.

La Ley de Costas fue precisamente diseñada para acabar con esta situación: garantizar que ningún ciudadano pueda adquirir una vivienda u otro bien en la costa y descubrir después que no le pertenece porque es DPMT. Pero la información no llega sola al comprador. Hay que saber dónde buscarla.

Eso es exactamente lo que hace Hogarfax.

Fuentes

1
Real Decreto Legislativo 1/2001 — Texto Refundido de la Ley de Aguas · Normativa vigente
www.boe.es
2
Real Decreto 849/1986 — Reglamento del Dominio Público Hidráulico · Normativa vigente
www.boe.es
3
MITECO — Delimitación y restauración del Dominio Público Hidráulico · Organismo oficial
www.miteco.gob.es
4
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (modificada por Ley 2/2013) · Normativa vigente
www.boe.es
5
Real Decreto 876/2014 — Reglamento General de Costas · Normativa vigente
www.boe.es
6
MITECO / Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar — Líneas de deslinde del DPMT · Organismo oficial
www.miteco.gob.es
7
Cartografía oficial DPMT — Visor del Dominio Público Marítimo-Terrestre · Datos geoespaciales oficiales
www.miteco.gob.es